Método General de Preselección
Se confeccionará un coeficiente producto del promedio académico del alumno más el número de materias aprobadas sobre el número de materias del plan de estudio
X= Promedio + (N° de materias aprobadas:N° de materias del Plan de estudio)
¿Tienen algún marco jurídico?
Las pasantías están reguladas por la Ley n° 25.165, el Decreto 1200/99 y el Decreto 487/00 del Poder Ejecutivo Nacional.
¿Qué relación jurídica se crea entre el Pasante y la Empresa o Institución?
Las pasantías NO generan relación jurídica alguna con la Empresa o Institución donde el Pasante realiza su práctica.
¿Dónde se llevan a cabo las prácticas?
En las instalaciones de la Empresa o Institución, las cuales deben reunir las condiciones de seguridad e higiene prescriptas legalmente para salvaguardar la salud psicofísica de los pasantes.
¿Cómo y quién elige al estudiante?
Una vez que se recibe, en la Secretaría de Extensión o en la Unidad Académica la solicitud de pasantía, se abre la inscripción de aspirantes y se publicita la convocatoria durante 5 días hábiles.
La preselección de los estudiantes la realiza la Universidad de acuerdo al perfil solicitado. Una vez realizada esta preselección se comunica el orden de méritos a la Empresa o Institución para que ésta realice la selección definitiva. En todos los casos de convenio de pasantía es la entidad convocante la que decide quiénes ocuparán los lugares.
¿Se percibe alguna retribución por la actividad realizada?
El pasante percibirá, durante el transcurso de la actividad, una retribución por parte de la Empresa o Institución que tiene el carácter asignación estímulo para viáticos y gastos escolares y NO es REMUNERACIÓN, por lo que no se realizan aportes ni retenciones.
La Empresa o Institución abonará mensualmente a LA UNIVERSIDAD para gastos de gestión, tutoría docente y administración un 10% sobre la asignación percibida por cada pasante. Esta suma no podrá ser en ningún caso menor a $ 20 (veinte pesos).
¿Cómo participa la Empresa o Institución del Sistema?
A través de:
a) Un CONVENIO MARCO que suscriben con la Universidad Nacional del Litoral. El CONVENIO MARCO es el instrumento necesario para participar en el Sistema.
b) Un ACTA COMPROMISO DE PASANTÍA entre la U.N.L., la Empresa o Institución y el Pasante. El ACTA COMPROMISO DE PASANTÍA posibilita la puesta en marcha de la pasantía en cada caso concreto.
¿Qué contiene el CONVENIO MARCO DE PASANTÍAS?
Los datos de los firmantes, las características de la Pasantía, los derechos y las obligaciones de las partes, el régimen disciplinario y la forma de pago de la asignación estímulo. ¿Qué contiene el ACTA COMPROMISO DE PASANTÍA? La intención de las partes de realizar la pasantía y su compromiso de llevarla a cabo conforme lo establece la Ley n° 25.165.
¿Cómo participan los alumnos de la Universidad en este régimen?
Cumpliendo solamente tres requisitos:
1) Pasar el proceso de preselección establecido por la Universidad (de acuerdo al perfil solicitado).
2) Suscribir con la Universidad y la Empresa o Institución un ACTA COMPROMISO DE PASANTÍA.
3) Presentar un certificado médico expedido por la Dirección de Salud de la U.N.L. donde conste que el pasante es apto para realizar las tareas exigidas por la pasantía.
¿Quién supervisa el desarrollo de la pasantía?
a) Un tutor designado por la Empresa o Institución.
b) Un tutor designado por la U.N.L.
¿Cuál es el plazo de duración de la pasantía?
Las pasantías se extenderán durante un mínimo de dos meses y un máximo de dos años.
¿Cómo se organiza la actividad semanal?
La actividad semanal no será mayor a cinco días en cuyo transcurso el pasante cumplirá jornadas de hasta seis horas de labor.
¿Cuáles son las principales obligaciones y derechos de las partes?
De las Empresas o Instituciones:
1) Realizar la selección definitiva de los pasantes.
2) Posibilitar las tareas previstas en la pasantía.
3) Facilitar a las unidades educativas la supervisión de las actividades de los pasantes.
4) Abonar la asignación estímulo.
De la Universidad Nacional del litoral:
1) Planificar, organizar, desarrollar y coordinar el Sistema de Pasantías Externas.
2) Supervisar el proceso y cumplimiento de los convenios.
De los Pasantes:
1) Mantener la condición de estudiante de la U.N.L.
2)Someterse a los procesos de preselección y selección.
3)Presentar periódicamente, de acuerdo a lo establecido en cada caso, un informe de pasantía ante la Unidad Académica y la Secretaría de Extensión.
4) Cumplir con los reglamentos internos de la Empresa o Institución donde se realiza la pasantía.
5) Percibir los beneficios acordados en el ACTA COMPROMISO DE PASANTÍA.
6) Recibir la formación práctica prevista en los planes de estudio mediante el cumplimiento del plan de trabajo acordado entre la Unidad Académica y la Empresa o Institución al iniciarse la pasantía.
7) Recibir un certificado de pasantía de la Universidad y un informe de la Empresa o Institución.








